—Una cuestión especialmente importante para la historia de la medicina legal y la psiquiatría forense.—
¿Es posible que un recién nacido muera porque ha caído al suelo en un parto por sorpresa? ¿Cómo diferenciar a un bebé nacido sin vida de un bebé muerto poco después de nacer? ¿El parto puede causar una locura transitoria en algunas mujeres y provocar que maten al recién nacido? Estas preguntas se han repetido en muchas obras de medicina legal y forense desde el siglo XIX hasta finales del siglo XX. En ellas se explicaba la forma de actuar ante una autopsia de un bebé de pocas horas o días de vida. Las muertes podían derivarse de una causa natural o de un accidente, pero también podían deberse a un “infanticidio”, una expresión usada en el pasado para designar el homicidio de un recién nacido. En 1868, Ambroise Tardieu (1818-1879), un influyente profesor de medicina legal en París, dedicó un libro completo al asunto donde afirmaba que no había “problemas más difíciles y complejos que los que conciernen a la demostración científica del crimen de infanticidio”.
Si se revisan investigaciones judiciales de casos sospechosos de infanticidio, se comprueba fácilmente que un rasgo característico es la participación constante de expertos, tanto en Europa como en América. En el siglo XIX, la profesión de “médico forense” se perfiló tal como la entendemos actualmente: personas especialistas en ayudar a jueces de los nacientes Estados liberales con el fin de encontrar la verdad. En esa época, el infanticidio se convirtió en tema de estudio propio de la medicina legal o forense. La mayoría de tratados y manuales de esta disciplina comenzaron a incluir capítulos particulares centrados en el infanticidio, cosa que no ocurría para la mayoría de los crímenes. Tardieu, pues, no era el único que veía este tipo de delito como especial e importante.
Las cuestiones médicas que surgían en casos de infanticidio eran variadas. En los libros de medicina legal, una de las que hacía correr más ríos de tinta eran las técnicas para diferenciar un niño nacido muerto del bebé muerto poco después del nacimiento. Para identificar esa corta vida del bebé, las técnicas se centraron durante mucho tiempo en la respiración. Una prueba controvertida, en ese sentido, fue la docimasia pulmonar hidrostática, que consistía en comprobar si los pulmones del niño flotaban o expulsaban burbujas de aire al ser apretados con la mano, sumergidos en agua. Además, había muchas otras “docimasias”, como la pulmonar histológica o la del oído, y todas ellas presentaban problemas, especialmente en aquellos casos en los que el cuerpo del bebé se había deteriorado: la docimasia pulmonar hidrostática, por ejemplo, podía dar lugar a errores porque los gases de la putrefacción podían hacer flotar a los pulmones. Estos potenciales errores hacían que los resultados de las “docimasias” fueran discutidos cuando se presentaban como pruebas de que el bebé había respirado. La incertidumbre alcanzó tal envergadura que, a principios del siglo XX, algunos autores comenzaron a recomendar en los manuales que las antiguas “docimasias” fueran complementadas con otras técnicas más modernas, como las radiografías. En la práctica, la tecnología necesaria para ello no solía estar disponible fuera de algunas ciudades, de modo que las prácticas iniciales persistieron y, con ellas, sus limitaciones e incertidumbres.
Otra pregunta muy importante para los médicos que participaban en casos de infanticidio era la relativa a la causa de la muerte del bebé. Con el fin de dilucidar esta cuestión se examinaba el cordón umbilical de los bebés, una práctica que perduró hasta mediados del siglo XX. Si el cordón había sido cortado, pero no estaba atado, muchos peritos afirmaban que la causa de la muerte había sido la pérdida de sangre a través del cordón umbilical, a pesar de que la mayoría de expertos, ya desde el siglo XIX, consideraban que una hemorragia de este tipo era casi imposible, salvo en raras excepciones. Los informes de los peritos y sus declaraciones en el juicio fueron esenciales para que muchos casos resultaran en condenas por infanticidio y por imprudencia, en lugar de absoluciones por no haberse hallado la causa del fallecimiento.
En la mayoría de casos de infanticidio, las acusadas eran mujeres. Normalmente, la persona a la que se hacía sospechosa, y después responsable, era la que había dado a luz al bebé fallecido. Desde el siglo XVIII al XX, la mayoría de las acusadas eran chicas jóvenes, solteras y pobres, muchas veces migrantes. Un perfil muy recurrente es el de la chica que trabajaba como sirvienta interna: encontramos ejemplos así desde la Inglaterra victoriana a la Holanda de 1950, pasando por México en el siglo XX y la ciudad de Río de Janeiro a principios del siglo XX, entre muchos otros contextos. Que las acusadas fueran mujeres pobres tenía muchas implicaciones para la manera de actuar de jueces y fiscales. Los juicios de infanticidio solían estar impregnados de alegatos acerca del supuesto comportamiento de las mujeres frente al embarazo y el parto. En muchos casos, lo que se investigaba y juzgaba era el propio carácter y comportamiento de esas mujeres, especialmente en lo relativo a su sexualidad. En contextos con marcados procesos de racialización, como el Brasil de principios del siglo XX, las mujeres racializadas eran especialmente perseguidas y se las consideraba más propensas a tener relaciones sexuales fuera del matrimonio.
Estas investigaciones estuvieron marcadas por el género, la clase y la raza de las acusadas, incluso durante el siglo XX, pero las penas para algunos infanticidios se redujeron en algunos países entre los siglos XIX y XX. Este cambio legal derivaba del pensamiento de la Ilustración: Beccaria y Bentham, por ejemplo, defendieron la reducción de las penas para el infanticidio. Un argumento muy importante para este cambio fue que las mujeres solteras se veían entre la espada y la pared al quedar embarazadas, de manera que eran víctimas de la propia sociedad que luego les aplicaba todo el peso de la justicia penal. Así, en América Latina y muchos países de Europa, desde el siglo XIX, se atenuó la pena para los infanticidios cometidos por motivos emocionales o de honor, por lo que jueces y jurados podían condenar los infanticidios con penas relativamente cortas. En la práctica, esto ocurría solo en algunos casos, en función de si el comportamiento de las acusadas se adaptaba a las expectativas morales y culturales de quienes las juzgaban.
Los médicos también eran parte de estas dinámicas judiciales marcadas por el contexto político, el marco legal y la pena a la que se enfrentaban las acusadas. En Inglaterra, por ejemplo, donde el infanticidio se juzgaba ante un jurado popular, los médicos tendían a hacer patentes sus dudas y evitaban ser concluyentes en sus declaraciones, especialmente cuando podían aplicarse condenas de muerte. En cambio, en juicios sin jurado y con jueces profesionales, entre los que existía una cultura de fuerte rechazo a la sexualidad fuera del matrimonio, tal y como ocurrió en la dictadura franquista, los peritos eran menos propensos a expresar incertidumbres y, en muchos casos, colaboraban activamente en la producción de pruebas convincentes para no dejar ningún supuesto infanticidio sin castigo. Se puede afirmar, por lo tanto, que la medicina ha sido decisiva tanto para permitir prácticas de relativa compasión hacia las mujeres implicadas en casos judiciales de infanticidio, como para contribuir a juzgar moralmente y condenar penalmente a muchas otras.
La psiquiatría también ha tenido una relación muy estrecha con el estudio y las investigaciones judiciales de infanticidios en América y Europa. En aquellos frecuentes casos en que una mujer (o su abogado, casi siempre de oficio) era incapaz de demostrar tajantemente que no había sido responsable de la muerte de su bebé, a veces se alegaba que la acusada había sufrido un trastorno mental transitorio en el momento del crimen. Los manuales de medicina legal discutieron este asunto desde el siglo XIX. Psiquiatras y médicos legistas discutieron, desde entonces, si existía la “locura puerperal”, es decir, una locura sobrevenida en momentos cercanos al parto. Esta categoría diagnóstica fue extremadamente controvertida hasta finales del siglo XX, puesto que muchos autores negaban que constituyese un trastorno mental independiente de otros. También se han ofrecido explicaciones del infanticidio desde el psicoanálisis. En la práctica judicial, las defensas psiquiátricas y teorías psicológicas sobre el infanticidio no siempre han tenido una buena recepción por parte de la judicatura. En realidad, se han aplicado bastante menos de lo que podrían hacer pensar los numerosos debates teóricos de psiquiatras y médicos de esos años. Sin embargo, en Inglaterra, Gales, Irlanda y Canadá, donde no existieron leyes que atenuaran la pena para el infanticidio hasta el siglo XX, la posible relación entre infanticidio y locura se reflejó más directamente en unas leyes de las décadas de 1920 y 1930 que preveían una pena reducida para infanticidios causados por desequilibrios mentales resultantes del parto. En la India, sin embargo, las autoridades coloniales no aprobaron una ley similar, debido a que se negaban las similitudes que ciertamente existían entre los infanticidios de la metrópoli y de los territorios colonizados. Así, se afirmaba que en la India predominaba un fenómeno distinto ligado al sistema de castas: el infanticidio de niñas. Por eso, a finales del siglo XIX se establecieron iniciativas legislativas para vigilar y prevenir ese crimen especial, dejando de lado los infanticidios de cualquier bebé relacionados con cuestiones como la vergüenza y la honra.
El infanticidio es uno de los ejemplos más claros de la compleja relación entre derecho penal y medicina. La gran atención que ha recibido el infanticidio por parte de médicos, forenses y psiquiatras no se ha debido solo a su interés teórico o su supuesta dificultad técnica, de la que hablaba Ambroise Tardieu. También ha sido resultado de su estrecha relación con la moral sexual y las políticas y culturas relativas al género, la familia y la maternidad. El infanticidio ha sido, durante muchos años, un capítulo aparte en la historia de los manuales de medicina legal. Pero también es, a ojos de la historiografía, un pasaje que se camufla y relaciona con otras muchas historias, las cuales pueden analizarse desde la historia de género y la historia cultural y social de la medicina y la psiquiatría.
Sara Serrano Martínez
Utrecht University
Cómo citar este artículo:
Serrano Martínez, Sara. Infanticidio y medicina legal. Sabers en acció, 2022-04-06. https://sabersenaccio.iec.cat/es/infanticidio-y-medicina-legal/.
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